El Reglamento europeo de IA activó el 2 de agosto sus obligaciones de transparencia. El artículo 50 obliga a marcar como generado por IA cualquier contenido sintético (texto, imagen, audio o vídeo) y a avisar cuando alguien interactúa con un sistema de IA en lugar de una persona. En paralelo entran en vigor los requisitos para sistemas de alto riesgo: sanidad, RRHH, justicia e infraestructuras críticas. La Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial, la AESIA, empieza a desplegar su capacidad de inspección.
Las multas por incumplimiento grave llegan a 35 millones de euros o el 7% de la facturación global de la empresa, la cifra más alta que contempla el reglamento. Para Marta, que necesita anticiparse a riesgos antes de que lleguen a dirección, el dato cambia el calendario: ya no es una fecha en el horizonte, es una obligación activa este mes. Solo el 38% de las empresas españolas de más de diez empleados usa IA, y de esas, pocas tienen procesos formales de cumplimiento documentados.
Si un chatbot atiende a clientes, si se genera contenido de marketing con IA o si un sistema decide sobre selección de personal, la empresa necesita ya un aviso visible al usuario, un registro de qué IA usa cada equipo y, en sectores críticos, una persona responsable de IA. Las auditorías de conformidad y el plan de gestión de riesgos dejan de ser recomendación para convertirse en exigencia documentada ante una posible inspección.
Revisa hoy qué herramientas de IA usa cada departamento, quién las aprobó y si el usuario final sabe que interactúa con una máquina. Empieza por marketing y atención al cliente, donde el contenido sintético y los chatbots concentran el mayor riesgo de sanción inmediata.